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Postulate como Concejal Vecinal

Entre el 1º y el 31 de agosto podés presentarte como candidato para representar a tus vecinos ante el Gobierno Departamental y Municipal

El 30 de octubre se realizarán las elecciones de Concejales Vecinales y Presupuesto Participativo edición 2016. Si estás interesado/a en ser el portavoz de las inquietudes, demandas y sugerencias de tus vecinos, podés presentarte para representarlos en los ámbitos de gestión y toma de decisiones de tu municipio. La postulación debés realizarla en el Centro Comunal Zonal de tu barrio de 10:00 a 17:00 horas durante todo el mes de agosto.

A continuación te explicamos un poco más de qué trata ser Concejal Vecinal:

¿Qué son los Concejos Vecinales?

Los Concejos Vecinales son organizaciones sociales, privadas y autónomas, integradas por vecinos. Están regulados por la Junta Departamental de Montevideo y reconocidos por el gobierno departamental y municipal. Creados en 1993, funcionan como portavoces de las necesidades, demandas y propuestas del barrio ante las autoridades nacionales y municipales.

Los concejales vecinales trabajan honorariamente. Pueden ser personas interesadas por su zona y, representantes de organizaciones sociales, religiosas, culturales o deportivas.

¿Quiénes pueden ser Concejales Vecinales?

Podrán ser miembros del Concejo Vecinal las personas mayores de 16 años que a la fecha de la designación como candidatos tengan residencia personal, laboral o social en la zona y que acrediten haber participado por lo menos de una jornada de información y capacitación sobre cuáles serán sus roles, cometidos y responsabilidades. Dicha jornada estará a cargo de los equipos técnicos sociales de los CCZ en coordinación con la Comisión Electoral de cada zona.

Solamente podrán ser candidatos por una zona. Los candidatos presentados por una institución u organización, no podrán ser más de dos en cada caso, y deberán hacerlo con una nota que dé su respaldo. Las personas que se postulen a nivel individual deberán adjuntar la firma de 20 vecinos y/o vecinas que acrediten su residencia en la zona.

Los aspirantes podrán ser impugnados si desempeñan cargos políticos a nivel nacional, departamental o municipal. También si son funcionarios que cumplen su actividad laboral en el municipio al que aspiran postularse como concejal vecinal.

¿Cómo están integrados los Concejos Vecinales?

Cada Concejo Vecinal tiene entre 15 y 40 miembros. La modalidad de integración es determinada por cada Concejo. Pueden participar en ellos las organizaciones vecinales, sociales, culturales, deportivas, vecinos y vecinas que contribuyan al fomento barrial.

¿Cuáles son los cometidos de los Concejos Vecinales?

Sus competencias reconocidas legalmente son:

  • derecho de iniciativa y capacidad de propuestas en planes, proyectos y programas de interés local;
  • asesoramiento al gobierno departamental y municipal;
  • colaboración en la gestión nacional, departamental y municipal;
  • organización, promoción y desarrollo de actividades de interés local y participación en la evaluación de la gestión.

Actúan como agentes de desarrollo en sus territorios, construyendo una visión integral del mismo, y promueven la articulación de diversos actores sociales, deportivos, religiosos, culturales, sindicales, entre otros.

¿Cómo funcionan los Concejos Vecinales?

Los Concejos funcionan a través de dos órganos: el Plenario, que es el órgano máximo, y la Mesa Ejecutiva, que se encarga de llevar a cabo lo resuelto en el Plenario. Existen además en el Concejo las Comisiones Permanentes que tienen cometidos específicos y son creadas en el Plenario. Los plenarios y las Comisiones Permanentes del Concejo Vecinal son públicos.

Los titulares tendrán voz y voto, mientras que el resto de los participantes no podrán votar pero sí hacer uso de la palabra, siempre y cuando el Concejo Vecinal lo tenga así definido.

Hechos históricos de los Concejos Vecinales

A lo largo de su historia los Concejos Vecinales han participado activamente en la formulación de los Planes Quinquenales, Planes Estratégicos de Desarrollo Zonales, foros de debate ciudadano sobre la realidad y el futuro de Montevideo, evaluaciones sobre la marcha del proceso de descentralización, debates temáticos sobre salud, infancia, patrimonio histórico, ordenamiento territorial, vialidad, realizando aportes específicos y locales a través de una mirada global, como en las Mesas de Convivencia y Seguridad Ciudadana. Además en 2005 se promovió desde los Concejos Vecinales la gestación del Movimiento de Usuarios de la Salud con apoyo del Ministerio de Salud.

En el Municipio C, ¿qué barrios comprende cada Concejo Vecinal?

  • Concejo Vecinal 3: Barrios Goes, Villa Muñoz, Jacinto Vera, Figurita, Reducto, Krüger, Simón Bolívar, Brazo Oriental, parte de La Comercial, Larrañaga y Aguada.
  • Concejo Vecinal 15: Barrios Aires Puros, Atahualpa, Prado, Solís, Nueva Savona, Cristóbal Colón y Parque Posadas.
  • Concejo Vecinal 16: Barrios Reducto, Bella Vista, Prado, Arroyo Seco, Aguada y Capurro.

¿En dónde quedan y cómo puedo hacer para comunicarme con el Municipio y los Centros Comunales Zonales (CCZ)?

MUNICIPIO C: Dirección: Av. Luis Alberto de Herrera 4553 / Teléfono: 1950 7588

  • CCZ 3: Dirección: Domingo Aramburú 1575 / Teléfonos: 1950 7170 / 1950 7171
  • CCZ 15: Dirección: Av. Luis Alberto de Herrera 4547 / Teléfono: 1950 7015
  • CCZ 16: Dirección: Av. Agraciada 3622 / Teléfono: 1950 7016