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Arroyo Seco mejora

Se darán préstamos para refacción de viviendas en Arroyo Seco.

Quiénes deseen solicitarlo deberán inscribirse entre el 1º y el 12 de abril, los lunes miércoles o viernes de 11 a 15 h en el CCZ 16, ubicado en Av. Agraciada 3622.

Las viviendas tienen que estar ubicadas en las zonas delimitadas por la Intendencia de Montevideo en el marco del Programa Oficinas de Rehabilitación.

El área está delimitada por la calle Cisplatina, Av. Millán, Gral. Aguilar, Av. Agraciada, Colombia, Acuña de Figueroa, Panamá, Rbla. Sudamérica, Vías férreas, Entre Ríos, Av. Agraciada, Bvar. Artigas, Av. J. Suárez.

Las consultas deben realizarse por el teléfono 1950 internos 4997, 4998 o 4999 o escribiendo al correo electrónico: mejora.vivienda@imm.gub.uy

 

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

Cada oficina establecerá una convocatoria anual para inscribir a los postulantes.

Durante el período de inscripciones deberán presentar la siguiente documentación:

 

Propiedad común

  • Fotocopia de cédula de identidad de todas las personas que aporten ingresos al hogar.
  • Comprobantes de ingresos (sueldos, pensiones, jubilaciones u otros).
  • Fotocopia de facturas de OSE, UTE, Antel, gastos comunes.
  • Fotocopia de facturas de impuestos domiciliarios, contribución inmobiliaria y tasa de saneamiento. Todos los tributos deben estar al día.
  • Las personas que aspiren al préstamo y sean mayores de 70 años deberán contar con la firma solidaria de una persona menor de 70 años y presentar fotocopia de cédula, domicilio y comprobante de sus ingresos.

 

Propiedad horizontal

  • Fotocopia de cédula de identidad del representante de la propiedad horizontal ante este trámite.
  • Fotocopia de factura de impuestos domiciliarios, contribución inmobiliaria, tasa de saneamiento y gastos comunes de por lo menos el 75% de las unidades. Todos los tributos deben estar al día.

 

¿DE QUÉ SE TRATA?

Es un programa que otorga préstamos, subsidios y asesoramiento técnico para la refacción de viviendas que presenten problemas de mantenimiento y deterioro, como consecuencia de la edad de las construcciones y las dificultades de sus propietarios para mantenerlas.

A partir del año 2006 se incorporaron al proyecto de rehabilitación de viviendas los edificios de propiedad horizontal de las zonas de la ciudad en donde estaban las oficinas de rehabilitación.

 

¿CUÁL ES EL DESTINO DE LOS PRÉSTAMOS?

  • Viviendas de propiedad común: refacción o reforma de baños y cocinas, reparación de humedades, impermeabilización de azoteas, reparación o sustitución de pisos, pintura y revoques.
  • Limpieza, recuperación y pintura de fachadas, conexiones al saneamiento.
  • Edificios de propiedad horizontal: mejoramiento y reparación de las áreas comunes del edificio (escaleras, corredores, azoteas, caja de ascensores).
  • Limpieza, recuperación y pintura de fachadas.

 

¿A QUIÉNES SE DESTINAN LOS PRÉSTAMOS?

Los préstamos van dirigidos a personas propietarias, promitentes compradoras con promesas inscriptas y poseedoras de derechos sucesorios, con ingresos familiares de entre 30 y 100 unidades reajustables. Las personas usufructuarias o arrendatarias también podrán gestionar el préstamo.

En todos los casos el convenio deberá ser firmado por la totalidad de propietarios/as. Las casas o edificios deberán tener como destino la vivienda familiar.

Las viviendas deberán estar ubicadas en las zonas previamente delimitadas por la Intendencia de Montevideo, donde funcionan las oficinas de rehabilitación encargadas de gestionar el programa en la zona.

La permanencia del programa en cada zona es de cinco años (cinco llamados, uno por año).

 

MONTOS DE LOS PRÉSTAMOS Y SUBSIDIOS

Viviendas de propiedad común

  • Se otorgan pequeños préstamos de un monto máximo de $ 166.400 reembolsables en un máximo de 60 cuotas sin intereses, reajustables cada cuatro meses por IPC.
  • La IM podrá conceder un subsidio (donación) de hasta el 30% del monto a devolver, exclusivamente para obras de fachadas.

 

Edificios de propiedad horizontal

  • Se otorgan préstamos de un monto máximo de $ 976.000, no pudiendo superar los $ 130.100 por unidad de vivienda del edificio, considerando el mínimo para la cuota de reembolso de $ 1.500 para cada una.
  • La IM podrá conceder un subsidio (donación) de hasta el 15% del monto a devolver, exclusivamente para obras de fachadas.

 

ACLARACIÓN

El otorgamiento del subsidio queda a criterio del equipo técnico responsable de la Oficina de Rehabilitación, a partir de la evaluación arquitectónica y social de cada caso.

 

DEVOLUCIÓN DEL PRÉSTAMO

Se firmará un convenio entre la Intendencia de Montevideo y el propietario o propietaria de la vivienda, en el que se estipularán los derechos y obligaciones de cada parte.

El monto a devolver será en moneda nacional, en cuotas mensuales y consecutivas a acordar en cada caso, según la situación socioeconómica del destinatario.

La cantidad de cuotas no podrá exceder las 60, siendo reajustables cada cuatro meses por IPC. El atraso genera un interés por mora del 1% mensual capitalizable en el caso de propiedades comunes; en el caso de edificios de propiedad horizontal la mora será de 2% mensual.

En caso de propiedad horizontal se recuerda que llegará una única factura a la copropiedad con un monto de cuota a pagar.

 

LOS SELECCIONADOS

Luego de la visita técnica de arquitecto/a y trabajador/a social, deberán presentar dos presupuestos detallados de las obras a realizar según lo acordado con los técnicos.

Además cuando el escribano/a lo solicite se deberá presentar certificado notarial que acredite la propiedad del inmueble.

Cuando se trata de una propiedad horizontal, se deberá incluir en este certificado que la mayoría de los gestionantes tienen ingresos familiares de entre 30 y 100 UR, y presentar un testimonio notarial de acta de asamblea en la que debe constar: que la asamblea de copropietarios resolvió la solicitud del préstamo con las mayorías requeridas por la Ley (2/3 de los copropietarios que representen por lo menos 3/4 del valor del edificio), y otros puntos especificados en un instructivo que se entregará oportunamente.

 

FONDO ROTATORIO

La devolución de los préstamos conforma un fondo rotatorio que se destina a continuar financiando préstamos a otros vecinos de Montevideo. La Intendencia cuenta con el apoyo y financiamiento del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

 

Fuente: Intendencia de Montevideo.